El que esconde la plata, que devuelva la ayuda: justicia obliga a reintegrar 10 mil euros a un parado de larga duración que facturaba sin declarar
Por Rosa Benítez
La justicia catalana le puso un freno a los vivos. Un hombre que cobraba el subsidio para mayores de 52 años, mientras facturaba más de 12 mil euros al año con su laburo de cine y teatro, tendrá que devolver 10.443,51 euros al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJ) confirmó que no hay vuelta atrás: el tipo ocultó sus ingresos de forma reiterada y ahora paga las consecuencias.
¿Cómo se descubrió el chanchullo?
Todo empezó en junio de 2019, cuando el señor presentó la solicitud del subsidio. En el formulario, con toda la cara, declaró que sus rentas del trabajo, del capital mobiliario, del capital inmobiliario y de actividades profesionales eran de “0,00 euros”. Así nomás, cero. Con esa información, el SEPE le reconoció el derecho a cobrar 14,34 euros diarios hasta noviembre de 2028. Pero la cosa no quedó ahí: pidió la reanudación del pago en marzo de 2020, otra vez en julio de 2020, y por cuarta vez en junio de 2021. En ninguna de esas ocasiones dijo que tenía ingresos.
Los números que lo delatan
Los datos fiscales que salieron a la luz en el juicio muestran la verdad. En 2019 facturó 12.805 euros íntegros, con un rendimiento neto de 1.295 euros. En 2020, la cifra subió a 14.437,76 euros íntegros, con un neto de 2.363,66 euros. Todo ese dinero venía de su actividad en el mundo del cine y el teatro, donde estaba registrado desde diciembre de 2017. El límite para acceder al subsidio era de 9.450 euros en 2019 y 9.975 euros en 2020. O sea, nunca hubiera calificado si hubiera dicho la verdad.
¿No hay perdón para el error ajeno?
La defensa del tipo intentó colar la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (caso Cakarevic contra Croacia) y jurisprudencia del Tribunal Supremo que, desde 2024, exime del reintegro a quienes cobraron por un error de la Administración. Pero el TSJ catalán no se la compró. El fallo dice clarito que el pago no se dio por un error del SEPE, sino por “la pura y simple ocultación de datos” sobre sus rentas. Y eso se repitió en cada solicitud de reanudación.
La línea entre el error y la trampa
La sentencia marca una diferencia bien clara: el beneficiario no fue una víctima inocente de un fallo administrativo. Al contrario, “no cumplió con su obligación de informar verazmente al ente gestor” y “perseveró de forma contumaz en su conducta de ocultar a la Administración unos datos que comportaban la pérdida de su derecho”. Eso excluye de raíz la aplicación de la doctrina Cakarevic, que solo protege a quien actúa de buena fe.
¿Y ahora qué?
Con todos los recursos desestimados, el fallo confirma la primera sentencia. El perceptor tiene que devolver los 10.443,51 euros que cobró entre junio de 2019 y julio de 2021. Una lección para los que quieren vivir del cuento: la justicia, aunque lenta, llega.
