Estudiante expulsado amenazó a su profesora: “Te voy a cortar los frenos del coche” y ahora deberá pagar
Un alumno de Formación Profesional en Galicia, España, fue condenado por amenazar a su profesora después de ser expulsado del instituto por mal comportamiento. La Audiencia Provincial de Ourense confirmó la condena por un delito leve de amenazas, aunque rebajó la multa inicial.
Los hechos ocurrieron el 1 de abril de 2025 en el IES Lagoa de Antela, en Xinzo de Limia. El estudiante, de primer curso de FP, había acumulado varios partes disciplinarios. Cuando la jefa de estudios le comunicó que sería expulsado durante una semana, el joven reaccionó de forma violenta.
¿Qué dijo el estudiante a su profesora?
El alumno entró al aula y, delante de toda la clase, encaró a la docente con gritos y amenazas. “Por culpa de tu parte me han expulsado”, le reprochó. Luego lanzó las intimidaciones: “Te van a aparecer las cuatro ruedas del coche pinchadas” y “te voy a cortar los frenos del coche”. Además, enumeró los vehículos que la profesora tenía en su poder.
La Audiencia Provincial consideró que estas expresiones eran “objetivamente intimidatorias por su propio contenido, máxime al ir precedidas de culparla a ella de su expulsión”.
¿Cuál fue la condena para el estudiante?
El juzgado de primera instancia de Xinzo de Limia dictó en mayo de 2025 una sentencia que imponía al estudiante una multa de 540 euros por dos delitos leves: amenazas y desobediencia a la autoridad o falta de respeto.
Sin embargo, la Audiencia Provincial de Ourense, en una resolución de septiembre, revocó el segundo delito. La magistrada explicó que los profesores no son considerados “autoridad” a efectos penales para este tipo de faltas, sino “funcionarios docentes”. Por eso, la condena final quedó en 360 euros por un único delito leve de amenazas.
Además, el estudiante deberá indemnizar a la profesora con 600 euros por daño moral. La sentencia es firme y no admite más recursos.
¿Qué argumentó la defensa del estudiante?
La abogada del joven alegó que no había pruebas suficientes y que la condena se basaba solo en la declaración de la profesora y en el testimonio referencial de la jefa de estudios, que no presenció los hechos. También pidió que se eliminara la indemnización por daño moral.
La Audiencia no le dio la razón en ese punto. La magistrada destacó que la declaración de la docente fue “persistente” y sin “ningún motivo de incredibilidad”. Además, señaló que el testimonio de la jefa de estudios “permite inferir la posterior actuación del alumno hacia la profesora denunciante”.
¿Por qué se anuló el delito de desobediencia?
La Audiencia explicó que la ley protege a los docentes frente a atentados graves, pero no frente a faltas de respeto y consideración, al igual que ocurre con los agentes de la autoridad. “La finalidad de tal diferenciación reside en proteger a esos funcionarios docentes y sanitarios frente a los hechos más graves”, indicó la magistrada.
Este caso deja un mensaje claro: las amenazas contra docentes tienen consecuencias legales. La justicia española ratificó que intimidar a un profesor no queda impune, aunque el agresor sea menor de edad o esté en plena formación.
“Las expresiones resultan objetivamente intimidatorias por su propio contenido, máxime al ir precedidas de culparla a ella de su expulsión”, sostuvo la magistrada de la Audiencia Provincial de Ourense.
Foto: Faro de Vigo